SEGUROS DE CAUCIÓN PARA
ALQUILER DE VIVIENDAS
Detalle de la cobertura:
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Vigencia: 3 años. Según nueva ley de alquileres (27.551).
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Cobertura básica. Se cubren alquileres por la totalidad del contrato (36 canones locativos)
o Inciso a) Canones de alquiler: tope de 5 canones mensuales. Según la nueva ley, el locador no puede solicitar una garantía mayor a esa suma asegurada.
o Inciso e) Ocupación indebida: los restantes 31 canones mensuales.
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Cobertura completa. Debe ser requerida por el locador. Agregado de expensas, servicios e impuestos.
o Incisos c y d) Suma de 36 meses de cada concepto.
Exclusiones por póliza:
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No se cubren gastos judiciales, multas, deudas por canon locativo, expensas, servicios, contribuciones, y cualquier otra suma anterior al inicio de vigencia del alquiler garantizado.
Requisitos del Inmueble: 
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El destino del inmueble debe ser para vivienda del inquilino y su grupo familiar, en caso de corresponder. 
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El inmueble debe estar dentro del territorio nacional.
Requisitos para el Inquilino 
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Antigüedad laboral mínima de 1 año. 
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El monto del alquiler del primer mes no deberá superar el 30% del salario bruto. 
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No debe tener antecedentes negativos de acuerdo a lo informado por Nosis y/o Veraz.
Documentación Solicitada al inquilino para análisis y emisión. 
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Copia de DNI del inquilino. 
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Documentación de ingresos dependiendo la situación laboral:
o Relación de Dependencia: Últimos tres recibos de sueldo.
o Monotributo: Constancia de Alta de Monotributo. Se toma el monto tope de facturación de la categoría a la que pertenece según tabla de Monotributo. Solicitamos últimos 3 meses de facturación.
o Responsable Inscripto: Última certificación de ingresos firmada por contador y certificada por colegio. 
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En todos los casos, de no llegar con los ingresos solicitados se puede presentar un avalista. Puede ser un tercero (Familiar, Amigo, etc) que cuente con un año de antigüedad laboral e ingresos formales. 
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Borrador del contrato de alquiler a firmar.
Costos
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Cobertura básica: 1,75 por el monto correspondiente al primer mes de alquiler.
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 Cobertura completa: 1,75 por (el monto correspondiente al primer mes de alquiler + el monto de las expensas correspondiente al primer mes + el monto de los servicios/impuestos/tasas correspondientes al primer mes).
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 Se abona por única vez al retirar y posee cobertura/vigencia de 36 meses.
Formas de pago
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 Transferencia bancaria o Depósito bancario (15 % de descuento).
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 Tarjeta de crédito hasta 12 cuotas. Hasta 3 cuotas sin interés y, de 4 a 12 con recargo financiero según la siguiente tabla:
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Mercado Pago hasta 3 cuotas sin interés y, de 4 a 12 con recargo financiero de Mercado Pago.
Confección de un Siniestro por incumplimiento del tomador.
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 Para todos los eventos: El locador deberá dar aviso a la Compañía del incumplimiento (en un plazo de 5 días desde que se conoce). Puede ser CD o mail.
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Cumplido el plazo de ley (2 meses de incumplimientos sucesivos) el locador deberá comunicar a la Compañía monto adeudado por cada concepto y
o Para Alquileres impagos: El Locador deberá intimar fehacientemente al Locatario a que cumpla bajo pena de rescisión de contrato, otorgando un plazo para ello. De no tener respuesta, avanzar con la rescisión y producida esta, intimar fehacientemente a la Aseguradora acreditando la intimación infructuosa al Locatario.
o Expensas comunes ordinarias y/o impuestos, tasas y servicios: El Locador deberá intimar fehacientemente al Locatario a que cumpla, otorgando un plazo para ello. Transcurrido el plazo otorgado, intimar fehacientemente a la Aseguradora acreditando la intimación infructuosa al Locatario.
o En caso de ser un motivo previsto como causal de rescisión, debe rescindirse el contrato (igual al caso de alquileres impagos).
o Ocupación indebida: El Locador deberá comenzar con el juicio de desalojo y enviar constancia a la Cía.
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 Una vez formalizada la denuncia del siniestro, la Compañía procederá a abonar la deuda hasta ese momento e irá liquidando los meses sucesivos hasta que se de alguna de las siguientes circunstancias (la que ocurra primero):
o Restitución del inmueble: Se entreguen las llaves al propietario, producto del desalojo o entrega voluntaria por parte del inquilino.
o Se agoten las sumas aseguradas por cada concepto.
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 Para todos los eventos: El locador deberá dar aviso a la Compañía del incumplimiento (en un plazo de 5 días desde que se conoce). Puede ser CD o mail.
Cláusula que se coloca en el contrato de locación
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 El Locatario presenta un seguro de caución de Crédito y Caución SA Compañía de Seguros en garantía del pago de los alquileres (expensas y servicios si correspondiera). La aseguradora se obliga en carácter de fiador solidario, con renuncia a los beneficios de excusión y división, conforme los términos y condiciones, y hasta la suma máxima establecidos en la garantía otorgada (Póliza Nro …..).
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