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SEGUROS DE CAUCIÓN PARA
ALQUILER DE VIVIENDAS

Detalle de la cobertura:

 

  • Vigencia: 3 años. Según nueva ley de alquileres (27.551).

  • Cobertura básica. Se cubren alquileres por la totalidad del contrato (36 canones locativos)

            o Inciso a) Canones de alquiler: tope de 5 canones mensuales. Según la nueva ley, el locador no puede solicitar                una garantía mayor a esa suma asegurada.
            o Inciso e) Ocupación indebida: los restantes 31 canones mensuales.

  • Cobertura completa. Debe ser requerida por el locador. Agregado de expensas, servicios e impuestos.

            o Incisos c y d) Suma de 36 meses de cada concepto.


Exclusiones por póliza:

 

  • No se cubren gastos judiciales, multas, deudas por canon locativo, expensas, servicios, contribuciones, y cualquier otra suma anterior al inicio de vigencia del alquiler garantizado.

 

Requisitos del Inmueble: 

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  • El destino del inmueble debe ser para vivienda del inquilino y su grupo familiar, en caso de corresponder. 

  • El inmueble debe estar dentro del territorio nacional.

 

Requisitos para el Inquilino 

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  • Antigüedad laboral mínima de 1 año. 

  • El monto del alquiler del primer mes no deberá superar el 30% del salario bruto. 

  • No debe tener antecedentes negativos de acuerdo a lo informado por Nosis y/o Veraz.

 

Documentación Solicitada al inquilino para análisis y emisión. 

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  • Copia de DNI del inquilino. 

  • Documentación de ingresos dependiendo la situación laboral: 

             o Relación de Dependencia: Últimos tres recibos de sueldo.

             o Monotributo: Constancia de Alta de Monotributo. Se toma el monto tope de facturación de la categoría a la                      que pertenece según tabla de Monotributo. Solicitamos últimos 3 meses de facturación.

             o Responsable Inscripto: Última certificación de ingresos firmada por contador y certificada por colegio. 

 

  • En todos los casos, de no llegar con los ingresos solicitados se puede presentar un avalista. Puede ser un tercero (Familiar, Amigo, etc) que cuente con un año de antigüedad laboral e ingresos formales. 

  • Borrador del contrato de alquiler a firmar.


Costos

 

  •  Cobertura básica: 1,75 por el monto correspondiente al primer mes de alquiler.

  •  Cobertura completa: 1,75 por (el monto correspondiente al primer mes de alquiler + el monto de las expensas   correspondiente al primer mes + el monto de los servicios/impuestos/tasas correspondientes al primer mes).

  •  Se abona por única vez al retirar y posee cobertura/vigencia de 36 meses.


Formas de pago

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  •  Transferencia bancaria o Depósito bancario (15 % de descuento).

  •  Tarjeta de crédito hasta 12 cuotas. Hasta 3 cuotas sin interés y, de 4 a 12 con recargo financiero según la siguiente   tabla:


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  • Mercado Pago hasta 3 cuotas sin interés y, de 4 a 12 con recargo financiero de Mercado Pago.


Confección de un Siniestro por incumplimiento del tomador.

 

  •  Para todos los eventos: El locador deberá dar aviso a la Compañía del incumplimiento (en un plazo de 5 días desde que se conoce). Puede ser CD o mail.

  • Cumplido el plazo de ley (2 meses de incumplimientos sucesivos) el locador deberá comunicar a la Compañía monto adeudado por cada concepto y

            o Para Alquileres impagos: El Locador deberá intimar fehacientemente al Locatario a que cumpla bajo pena de                rescisión de contrato, otorgando un plazo para ello. De no tener respuesta, avanzar con la rescisión y producida              esta, intimar fehacientemente a la Aseguradora acreditando la intimación infructuosa al Locatario.
            o Expensas comunes ordinarias y/o impuestos, tasas y servicios: El Locador deberá intimar fehacientemente al                Locatario a que cumpla, otorgando un plazo para ello. Transcurrido el plazo otorgado, intimar fehacientemente                a la Aseguradora acreditando la intimación infructuosa al Locatario.
            o En caso de ser un motivo previsto como causal de rescisión, debe rescindirse el contrato (igual al caso de                    alquileres impagos).
            o Ocupación indebida: El Locador deberá comenzar con el juicio de desalojo y enviar constancia a la Cía.

  •  Una vez formalizada la denuncia del siniestro, la Compañía procederá a abonar la deuda hasta ese momento e irá liquidando los meses sucesivos hasta que se de alguna de las siguientes circunstancias (la que ocurra primero):

            o Restitución del inmueble: Se entreguen las llaves al propietario, producto del desalojo o entrega voluntaria por              parte del inquilino.
            o Se agoten las sumas aseguradas por cada concepto.

  •  Para todos los eventos: El locador deberá dar aviso a la Compañía del incumplimiento (en un plazo de 5 días desde que se conoce). Puede ser CD o mail.


Cláusula que se coloca en el contrato de locación

 

  •  El Locatario presenta un seguro de caución de Crédito y Caución SA Compañía de Seguros en garantía del pago de los alquileres (expensas y servicios si correspondiera). La aseguradora se obliga en carácter de fiador solidario, con renuncia a los beneficios de excusión y división, conforme los términos y condiciones, y hasta la suma máxima establecidos en la garantía otorgada (Póliza Nro …..).


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